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Es un instrumento de pago a través del cual se garantiza el pago a un exportador por el envío de mercadería y que el importador recibirá los documentos que lo acreditan como propietario de la mercadería a recibir.

Es un medio de pago en el que el importador envía la carta de crédito a través de su corresponsal a Banco Industrial, S.A. quien al recibir la documentación requerida del exportador canaliza el pago.

1. Facturas
2. Conocimientos de embarque
3. Certificado de seguros
4. Listas de empaque
5. Certificados de origen, fitosanitario, análisis, etc. Que sean necesarios

Las cartas de crédito comerciales pueden tener un plazo desde 30 hasta 180 días de plazo el cual es otorgado por el beneficiario.

El pago de la carta de crédito se realiza en el país del beneficiario.

La confirmación en una carta de crédito es cuando el banco en el país del beneficiario agrega su compromiso es decir ellos se comprometen a realizar el pago si se cumple con los términos y condiciones, aun cuando el banco emisor no pueda realizar el pago.
Si la carta no es confirmada existe únicamente el compromiso del banco emisor.

Una carta comercial se utiliza para realizar el pago de una importación o exportación contra la entrega de documentos tales como facturas, conocimientos de embarque, seguros etc. Y la carta de crédito stand by garantiza el pago en caso de un incumplimiento entre las partes.

La carta de crédito stand by se paga contra un simple requerimiento del beneficiario, mientras una fianza para que sea pagada se debe de comprobar fehacientemente el incumplimiento.

Para garantizar pagos por cuenta abierta, garantizar líneas de crédito, licitaciones, cumplimiento de contratos, anticipos otorgados.

El banco emisor asume la responsabilidad del pago por lo que no hay forma de cancelar este compromiso si el beneficiario cumple con lo requerido.

Únicamente siguen instrucciones de girado y girador no tienen ninguna responsabilidad por incumplimiento de condiciones.

Si existe bajo reglas internacionales de la Cámara de Comercio Internacional Brochure 522.

Si el banco receptor ha recibido la instrucción si, en caso contrario no, el banco puede recibir pago parcial solo si ha sido autorizado.

Contacto

  • Departamento Comercio Exterior - Vía 5 5-34 zona 4 - 8avo nivel torre 3
  • Teléfono: 2420-3000 ext. - 35857, 35853, 35879
  • Correo Electrónico: comercioexterior@bi.com.gt